Tema 2: Contrato de obra o servicio determinado.

CONTRATO DE OBRA O SERVICIO 

DETERMINADO.


Finalidad

Se concierta para realizar una obra o prestar un servicio:

  • Con autonomía o sustantividad propia dentro de la actividad de la empresa.
  • Cuya ejecución sea, en principio, de duración incierta, aunque limitada en el tiempo.
Los convenios colectivos podrán identificar aquellos trabajos o tareas con sustantividad propia dentro de la actividad normal de la empresa que puedan cubrirse con contratos de obra o servicio.


Forma

Por escrito y debe identificarse claramente la obra o servicio.


Duración

  • El contrato finalizará cuando termine la obra o servicio, sin que pueda superar los 3 años. Este plazo se puede ampliar hasta en 12 meses más por convenio. Una vez cumplidos estos plazos, los contratos se convierten en fijos.
  • Una vez realizada la obra o servicio objeto de contrato, si no hubiera denuncia y se continuara con la prestación laboral, el contrato se considera prorrogado por tiempo indefinido, a no ser que se acredite la naturaleza temporal de la prestación.
  • No es necesario que la obra o servicio esté terminado por completo para que el empresario pueda dar por concluidos los contratos.
  • Lo anteriormente dicho también surtirá efecto en el ámbito de las Administraciones Públicas, las cuales no pueden afectar a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad en el acceso al empleo público.

Jornada

Puede celebrarse:

  • Tiempo completo
  • Tiempo parcial

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